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El aporte de la experiencia internacional a las políticas educativas en la nueva Constitución
December 2, 2020En Japón, la Carta Magna establece que el financiamiento estatal es exclusivo para instituciones bajo el control de la autoridad pública, mientras que en Costa Rica se explicita que el Estado facilitará la continuación de estudios superiores a quienes tengan menos recursos. En Suiza se pone énfasis en la educación musical y en Francia, este documento pide tomar en cuenta el medio ambiente.
‘Chile enfrenta hoy una oportunidad histórica: la posibilidad de reflexionar, dialogar y acordar el tipo de sociedad que aspira a construir en las próximas décadas’, dice Javier González, chileno y director ejecutivo del Laboratorio de Investigación e Innovación en Educación para América Latina y el Caribe SUMMA, creado por el BID.
En los próximos días, SUMMA dará a conocer un documento que desarrolló junto a otra organización, la Iniciativa Global por los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
En específico, el texto se enfoca en lo que ambas entidades describen como ‘nudos constitucionales en educación’ que existirían en el país.
De ahí que el informe -continúa González- se elabore ‘sobre la base de un análisis de nuestra historia constitucional, la experiencia constitucional de otros países y los estándares internacionales de derechos humanos. Nos propusimos aportar desde la evidencia comparada al debate público, rescatando la experiencia que otros países han tenido en sus constituciones’.
A continuación, un resumen con parte de las ideas a las que el informe pide prestar más atención, con ejemplos de cómo se han abordado fuera de nuestras fronteras:
1. Ir más allá del acceso, poniendo énfasis en conceptos como la calidad
‘La actual Constitución señala que el Estado debe financiar un sistema que asegure el acceso a la educación escolar, pero no establece la obligación de asegurar los otros aspectos clave que constituyen el derecho a la educación’, plantea el documento de SUMMA. Como ejemplos, cita la necesidad de garantizar la no discriminación, la calidad o la adaptación al territorio y a las necesidades de los estudiantes.
En ese sentido, se menciona que los Países Bajos explícitamente establecen la necesidad de regular, por ejemplo, ‘las competencias de los profesores’, mientras que Suiza pone atención a la preservación de las lenguas, tomando en cuenta a las minorías.
González explica que en Francia y Noruega se explicita que ‘la calidad educativa debe referirse a un concepto holístico e integral’ (ver recuadro).
En Chile ‘se garantiza solo el acceso a la educación, pero no se hace ninguna referencia a los otros elementos garantizados en las buenas prácticas internacionales. En la medida en que estas otras dimensiones del derecho a la educación no tienen reconocimiento constitucional, se hace virtualmente imposible abrir vías legislativas, judiciales, presupuestarias y de política pública que permitan su concreción’, plantea Magdalena Sepúlveda, directora ejecutiva de la Iniciativa Global por los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
La abogada Magdalena Vergara, directora ejecutiva de Acción Educar, quien no participó en la elaboración del documento, comenta que ante esta perspectiva, también es importante tomar en cuenta que ‘la Constitución no siempre debe ser máxima, en el sentido de que intente regularlo todo, sino una que permita tener ciertos acuerdos comunes en aspectos fundamentales, pero que también permita un espacio de deliberación política’.
El hecho de que la actual Constitución no indique que se garantice la calidad ‘no quiere decir que hoy en día no se promueva, o no exista este deber por parte del Estado. La Ley General de Educación y el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de Educación Escolar y Parvularia hablan efectivamente de este deber’, advierte.
2. Entregar un trato preferencial a la educación pública
‘La esencia de la educación pública es buscar el bien común y el desarrollo de un proyecto educativo colectivo basado en principios de igualdad, inclusión, libertad y fraternidad. Es el instrumento principal a través del cual el Estado resguarda el derecho a la educación y los principios señalados de una manera institucional y permanente en el tiempo para todas y todos, sin que ello dependa de buena voluntad o preferencias de un sostenedor en particular. Por eso es tan importante resguardar este rol’, dice González.
El documento también hace notar que en Japón, el financiamiento estatal es exclusivo para instituciones bajo el control de la autoridad pública, y que la Constitución alemana establece una fuerte regulación y control sobre la apertura de escuelas privadas, asegurando la prioridad del sistema público.
‘Cerca del 10% de los estudiantes en Alemania son parte de un establecimiento privado’, indica a ‘El Mercurio’ Kristina Reiss, decana de a Escuela de Educación de la U. Técnica de Munich, quien explica que en Bavaria, por ejemplo, la ley establece que antes de abrir, ‘los colegios privados deben asegurarse de cumplir con los estándares de las escuelas públicas’.
Esto, porque se entiende que los colegios estatales tienen una base particularmente sólida.
3. Considerar la educación como un proceso formativo a lo largo de la vida
La actual Constitución busca asegurar el acceso a la educación preescolar, básica y media. Sin embargo, omite la educación superior y la educación no formal, plantea el documento, que destaca que ‘las personas debieran tener la oportunidad de acceder a distintos tipos de formación con el apoyo del Estado a lo largo de sus vidas’.
Se menciona que Corea del Sur explicita en su Constitución que ‘el Estado promoverá el aprendizaje a lo largo de toda la vida’, y que la de Portugal establece que se debe ‘asegurar la educación y el perfeccionamiento personal permanente’.
Costa Rica dice que el Estado facilitará la continuación de estudios superiores a quienes carezcan de recursos.
Sobre este punto, Magdalena Vergara plantea que le parece importante que se consideren las competencias de cada persona para continuar con esta educación avanzada. Además, recuerda que en Chile ya existen sistemas de ayuda financiera: además de becas y créditos, hoy está la opción de acceder a la gratuidad en educación superior.
En busca del equilibrio
‘La calidad educativa debe referirse a un concepto holístico e integral, que supere lo meramente académico. Debe armonizar lo individual con lo colectivo, desarrollando ciudadanos íntegros, responsables y tolerantes’, dice Javier González, de SUMMA.
Como ejemplos internacionales de una educación que fomenta este equilibrio, el texto da cuenta de casos como el de Suiza, donde la Constitución pide a los Cantones fomentar la educación musical de alta calidad, o el de Francia, donde el artículo 8 pone énfasis en la educación ambiental, dando cuenta de que la formación en materia medioambiental contribuirá ‘al ejercicio de los derechos y deberes establecidos en esta Carta’.
Pierre Léna, miembro de la Academia Francesa de Ciencias y representante de la Office for Climate Education (ONG europea), comenta a ‘El Mercurio’ que ‘el cumplimiento de esta obligación en el sistema educativo francés ha sido bastante lento’.
Por ahora, ‘se está poniendo en práctica, gradualmente, la capacitación de los maestros en este tema, así como la incorporación en las diversas asignaturas al programa escolar, desde la escuela primaria hasta la secundaria’.
Nota publicada en El Mercurio el 29 de noviembre de 2020
Accede al Resumen Ejecutivo completo “Constituyamos Otra Educación, Una Mejor Sociedad es Posible”: https://historicos.summaedu.org/constitucion/